Objeto

Programa destinado a apoyar proyectos con gran potencial de impacto que incrementan
la competitividad de las empresas mediante acciones integrales que inciden en
la innovación, la internacionalización y la inversión.

Dotación presupuestaria

5.200.000,00 euros

Entidades beneficiarias

Serán beneficiarias pequeñas y medianas empresas.
a) Tener forma jurídica de empresa y personalidad jurídica propia.
b) Tener al menos un centro productivo o de alto valor añadido en el Territorio
Histórico de Bizkaia, en el cual se desarrolle el proyecto objeto de ayuda, que
tenga una plantilla mínima de 10 personas en equivalentes anuales a jornada
completa.
c) Tener una plantilla entre 10 y 249 personas, ambos inclusive, en equivalentes
anuales a jornada completa.
El cómputo de la plantilla se efectuará tomando en consideración: a efectos del
límite inferior de personas, los datos relativos exclusivamente a la entidad solicitante;
y a efectos del límite superior, los datos de la agregación de efectivos de
empresas asociadas y vinculadas a la empresa solicitante en la forma dispuesta
en los artículos 4, 5 y 6, del citado Anexo I del Reglamento general de exención
número 651/2014.
d) No superar, al menos, uno de los dos límites siguientes, según el impuesto de
sociedades presentado durante el ejercicio fiscal anterior a la solicitud:
• 50.000.000 euros de volumen anual de negocio.
• 43.000.000 euros de balance general.

Requisitos

a) Tener forma jurídica de empresa y personalidad jurídica propia.
b) Tener al menos un centro productivo o de alto valor añadido en el Territorio
Histórico de Bizkaia, en el cual se desarrolle el proyecto objeto de ayuda, que
tenga una plantilla mínima de 10 personas en equivalentes anuales a jornada
completa.
c) Tener una plantilla entre 10 y 249 personas, ambos inclusive, en equivalentes
anuales a jornada completa.
El cómputo de la plantilla se efectuará tomando en consideración: a efectos del
límite inferior de personas, los datos relativos exclusivamente a la entidad solicitante;
y a efectos del límite superior, los datos de la agregación de efectivos de
empresas asociadas y vinculadas a la empresa solicitante en la forma dispuesta
en los artículos 4, 5 y 6, del citado Anexo I del Reglamento general de exención
número 651/2014.
d) No superar, al menos, uno de los dos límites siguientes, según el impuesto de
sociedades presentado durante el ejercicio fiscal anterior a la solicitud:
• 50.000.000 euros de volumen anual de negocio.
• 43.000.000 euros de balance general.
El cómputo del volumen de negocio y balance se efectuará teniendo en consideración
la agregación de efectivos de empresas asociadas y vinculadas a
la empresa solicitante en la forma dispuesta en los artículos 4, 5 y 6 del citado
Anexo I del Reglamento general de exención número 651/2014.
Los requisitos a), b) y c) en lo referido al límite inferior de personas, deberán
acreditarse en el momento de presentación de la solicitud y mantenerse hasta el
momento de la resolución y el pago. El requisito c) en lo referido al límite superior
de personas y el d), deberán acreditarse en el momento de presentación de la
solicitud
e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad
Social y por reintegro de subvenciones.
Este requisito deberá mantenerse hasta el momento de la resolución y el pago.
f) No haber sido sancionadas en firme en vía administrativa, laboral o penal por
vulneración del derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo
y no ser contrarias al principio de igualdad por ser empresas cuyos fines, sistemas
de admisión, funcionamiento, trayectoria o actividad discriminen por razón
de sexo o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
g) No encontrarse incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo
12 de la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo, por la que se regula el régimen
jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral, en lo
siguiente Norma Foral 5/2005 de Subvenciones.

Plazos de tramitación

04/02/2019 – 22/02/2019