Objeto

Fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas creativas de Bizkaia,
existentes o de nueva creación, que permitan la consolidación de un potente sector
de empresas creativas en Bizkaia.
Desarrollar proyectos empresariales creativos con visibilidad internacional, con el
fin de situar a Bizkaia en las redes internacionales de territorios y ciudades creativas
que permitan atraer talento a este sector.
Acelerar el crecimiento de las empresas creativas en términos de generación de
actividad económica mediante el apoyo a proyectos de alto potencial de crecimiento
adaptado a sus necesidades concretas.
Impulsar el desarrollo de proyectos de interés para el impulso y consolidación de
los sectores creativos.

Dotación presupuestaria

750.000 euros

Entidades beneficiarias

Las empresas creativas que desarrollen su actividad principal en las áreas de
diseño industrial, audiovisual, videojuegos y moda.
Las asociaciones sin fines de lucro que agrupan empresas y/o profesionales de
alguno de los sectores de las industrias creativas identificadas en el Bilbao Bizkaia
Design Council (BiDC) y cuya actividad principal sea la prestación de servicios diferentes a la organización de eventos, congresos, ferias, concursos o similares;
salvo las de aquellos sectores que ya sean apoyados por otros programas de ayuda
del Departamento de Desarrollo Económico y Territorial.
Los sectores de las industrias creativas identificados en el BiDC son los siguientes:
arquitectura, arte, artesanía, audiovisual, comunicación, contenidos digitales,
diseño, diseño de interiores, moda y videojuegos.

Requisitos

a) Tener su domicilio social, fiscal y un centro de producción con personal adscrito
al mismo en el Territorio Histórico de Bizkaia.
b) Estar legalmente constituidas como sociedad mercantil, cooperativa o entidad sin
ánimo de lucro. No se admitirá la creación de comunidades de bienes ni sociedades civiles.
c) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad
Social y por reintegro de subvenciones.
d) No haber sido sancionada, administrativa o penalmente, por incurrir en discriminación
por razón de sexo.
e) No estar incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de
la Norma Foral 5/2005, de 31 de mayo.
f) Encontrarse dadas de alta en el IAE.

Plazos de tramitación

19/06/2017 – 25/09/2017