Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas con el objetivo de proporcionar apoyo económico para facilitar la contratación de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, en el mercado ordinario por parte de las empresas locales.

Límite

a) Ayuda máxima de 3.000,00 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de 3 meses de duración y ayuda máxima de 6.000,00 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a 6. En el caso de contratación a tiempo parcial o por una duración entre 3 y 6 meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado. La cuantía final de la ayuda no podrá superar el 75% de los costes salariales incluidas las indemnizaciones de fin de contrato, y de Seguridad Social de la empresa de las personas contratadas. b) En el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los colectivos de: Perceptores/as titulares de RGI. Personas menores de 35 años que accedan a su primer empleo. Personas desempleadas de larga duración. Se entiende por personas desempleadas de larga duración aquellas inscritas como demandantes de empleo en Lanbide- Servicio Vasco de Empleo durante los 18 meses anteriores a la contratación, siempre que en ese periodo hayan estado en situación de desempleo al menos 12 xmeses. El importe máximo de la ayuda será de 9.000,00 euros por cada contrato de trabajo a jornada completa de duración igual o superior a 6 meses. En el caso de contrataciones a tiempo parcial o por una duración entre 3 y 6 meses, la subvención será proporcional a la jornada y/o al tiempo trabajado En este caso, la cuantía final no podrá superar el 100% de los costes salariales y de seguridad social de las personas contratadas, incluidas las indemnizaciones por fin de contrato. Estas cuantías económicas podrán incrementarse en un 10%, cuando los contratos se celebren con mujeres en ámbitos profesionales en los que su presencia respecto a la de hombres sea inferior al 50%. Este incremento se concederá, una vez verificada esta condición, con base en la información publicada en la web de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, y hasta agotar la bolsa disponible de 7.934,44 euros.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta Convocatoria personas
físicas o jurídicas de naturaleza privada, con centro de trabajo y actividad económica en
el ámbito territorial del municipio de Bilbao.

Requisitos

– Encontrarse al corriente de sus obligaciones frente a las diferentes Administraciones
Públicas con las que tengan exigencias de carácter tributario, así como al corriente
con la Seguridad Social. La situación tributaria respecto del Ayuntamiento
de Bilbao podrá ser comprobada de oficio por Bilbao Ekintza, E.P.E.L.
– No haber obtenido ni obtener por parte de otra Administración o entidades públicas
o privadas, ninguna subvención o ayuda, excluyendo las bonificaciones de la
Seguridad Social, para formalizar la/s contratación/es encuadradas en el marco de
la convocatoria de ayudas para acciones locales de promoción de empleo (Resolución
de 13 de junio de 2018).
– No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad
de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición
legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan
producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley
4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley
Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
– No estar incursa ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición
de beneficiario de las mismas

Plazos de tramitación

12/11/2018 – 03/05/2019