Objeto
Promover y desarrollar, en colaboración con Basque Culinary Center, proyectos con componente tecnológico promovidos por empresas y personas emprendedoras locales, a través de la transferencia tecnológica del conocimiento desarrollado en BCC Innovation.
Para ello se pretenden apoyar los proyectos con componente tecnológico locales a través de servicios especializados, estudios, y apoyos técnicos que Basque Culinary Center puede aportar en los procesos de desarrollo de productos y/o servicios tecnológicos.
Dotación presupuestaria
28.000,00 €
Límite
En función del desarrollo del proyecto y del servicio solicitado, se plantea un bono por valor máximo de hasta 4.000 por proyecto, IVA no incluido en función del desarrollo del proyecto.
Entidades beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como las agrupaciones sin personalidad de las anteriores, válidamente constituidas conforme al ordenamiento jurídico, en las que concurran los requisitos fijados en estas Bases.
Requisitos
a) Que presenten proyectos innovadores locales b) Que se trate de un proyecto local cuya actividad o inversión subvencionada se ubique en San Sebastián. En el caso de las ayudas destinadas a acciones para la internacionalización, el domicilio fiscal de la persona beneficiaria, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 48.2 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, deberá ubicarse en San Sebastián. c) Que la persona beneficiaria de estas ayudas sea persona física que desarrolle una actividad económica a título lucrativo o sea persona jurídica. Además de ser persona jurídica, se deberán cumplir los requisitos que se enumeran a continuación 1. Que su activo no supere los 10 millones de euros o que su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los 10 millones de euros. 2. Que el promedio de su plantilla no alcance las 5 0 personas empleadas. Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. 3. Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 ó más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos previstos en los números 1, y 2 anteriores.
Plazos de tramitación
29/05/2017 – 15/11/2017