Objeto

El objeto de las presentes ayudas es apoyar proyectos empresariales innovadores para la mejora de la capacidad competitiva de las empresas de San Sebastián mediante el desarrollo de proyectos estratégicos en las mismas. Consiste en una ayuda económica para la implantación de un proyecto, tanto en ámbitos de innovación o internacionalización como en desarrollos específicos (servicios especializado s, la adquisición de tecnología, registro de nuevas patentes, etc.) que mejoran la competitividad de las empresas.

Dotación presupuestaria

200.000,00 €

Límite

La cuantía máxima de la ayuda será de 6.000€

Entidades beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como las agrupaciones sin personalidad de las anteriores, válidamente constituidas conforme al ordenamiento jurídico, en las que concurran los requisitos fijados en estas Bases.

Requisitos

a) Que presenten proyectos innovadores locales b) Que se trate de un proyecto local cuya actividad o inversión subvencionada se ubique en San Sebastián. En el caso de las ayudas destinadas a acciones para la internacionalización, el domicilio fiscal de la persona beneficiaria, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 48.2 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, deberá ubicarse en San Sebastián. c) Que la persona beneficiaria de estas ayudas sea persona física que desarrolle una actividad económica a título lucrativo o sea persona jurídica. Además de ser persona jurídica, se deberán cumplir los requisitos que se enumeran a continuación 1. Que su activo no supere los 10 millones de euros o que su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los 10 millones de euros. 2. Que el promedio de su plantilla no alcance las 5 0 personas empleadas. Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. 3. Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 ó más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos previstos en los números 1, y 2 anteriores.

Plazos de tramitación

29/05/2017 – 15/11/2017