Objeto

Incrementar el acceso y la presencia de las pymes de Bizkaia en los mercados internacionales, apoyando su acción exportadora a nuevos paises.

Dotación presupuestaria

1.825.000 €

Límite

Las ayudas a conceder son subvenciones no reintegrables, cuya cuantía máxima
será de 60.000 euros por entidad beneficiaria.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las subvenciones contempladas en el presente decreto las empresas de Bizkaia de los sectores especificados en el anexo I.

Requisitos

a) Que tengan una plantilla entre 3 y 100 personas, en equivalentes anuales a jornada completa. b) Que tengan su domicilio fiscal y social en Bizkaia. c) Que no hayan sido sancionadas, administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto en la Ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. d) Que no se encuentre incursa en ninguna de las circunstancias que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones. e) Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y respecto al pago de obligaciones por reintegro de subvenciones

Plazos de tramitación

08/04/2017 – 28/04/2017