Objeto

Realización de inversiones para la modernización de instalaciones o maquinaria en:
Empresas ubicadas en Elkartegiak gestionados por la sociedad
pública foral Azpiegiturak, S.A.U., y empresas ubicadas
en los Polígonos Industriales participados por la Diputación
Foral de Bizkaia.
Empresas ubicadas Polígonos Industriales ubicados en municipios
menores de 10.000 habitantes.

Dotación presupuestaria

100.000,00 €

Límite

El importe de la subvención será de hasta un
25% de la inversión subvencionable:
• Hasta 1.000 euros en el conjunto de aplicaciones informáticas, equipos de proceso de la información
y páginas Web.
• Hasta 4.000 euros en el resto de inversiones.
El importe total de la subvención no podrá ser superior a 5.000 euros por entidad beneficiaria

Entidades beneficiarias

Empresarios y empresarias individuales y empresas con
personalidad jurídica propia

Requisitos

a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico
de Bizkaia.
b) Estar ubicadas en alguno de los polígonos establecidos
en el Anexo 4.
c) Tener la propiedad o estar en régimen de alquiler y estar
al corriente respecto de sus obligaciones económicas contraídas
con la arrendadora.
d) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias,
frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
e) En el caso de empresarios y empresarias individuales
deben encontrarse en situación de alta en el Régimen Especial
de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, así como en
el epígrafe correspondiente del Impuesto sobre Actividades
Económicas.
f) En el caso de sociedades mercantiles, encontrarse dadas
de alta en el epígrafe correspondiente del Impuesto de Actividades
Económicas, así como inscritas en el Registro Mercantil.
g) No haber sido sancionadas, administrativa o penalmente
por incurrir en discriminación por razón de sexo, según lo previsto
en la ley 4/2005 de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres
y Hombres, cuya acreditación se realizará mediante declaración
contenida en la solicitud.
h) No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias
que establece el artículo 12 de la Norma Foral de Subvenciones,
cuya acreditación se realizará mediante declaración contenida en
la solicitud.
i) Tener una plantilla inferior a 15 personas en equivalentes
anuales a jornada completa.
Se considerará perteneciente a la plantilla el personal autónomo
adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición,
no puede estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad
Social.
j) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un volumen
de negocio inferior a 3.000.000 de euros.
k) Haber tenido durante el último ejercicio fiscal un balance
general inferior a 3.000.000 de euros.

Plazos de tramitación

27/03/2017 – 12/05/2017