Objetivo:

Ayudas a proyectos de diversificación de la actividad agraria

Organismo: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

Tipos de ayudas y entidades beneficiarias:

Serán objeto de ayuda las siguientes modalidades de inversión en la creación y desarrollo de actividades no agrarias que contribuyan al mantenimiento o incremento del empleo en las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco:

  1. Actividades no relacionadas con el sector agrario pero que diversifiquen dicho sector. La persona beneficiaria deberá ser agricultora a título principal (ATP).
  2. Constitución y desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas. De cualquier tipología de los sectores secundario y terciario, y proyectos desarrollados por personas físicas dadas de alta como autónomas, siempre que las inversiones no se destinen a la producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios.
  3. Creación neta de empleo. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, siempre que no sean agrarias, salvo que diversifiquen su actividad, y se ubiquen en zonas rurales. En todo caso, deberá tratarse de un empleo de al menos el 50 % de las horas estipuladas en el convenio colectivo que sea de aplicación en cada caso. Asimismo, podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas desempleadas que vayan a adquirir la condición de empresa, residentes en las zonas rurales objeto de la presente convocatoria, que inicien un proyecto no agrario que genere su autoempleo.

Actuaciones subvencionables:

  • Cualquier proyecto de creación y/o desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas:

– Proyectos relacionados con la actividad industrial

– Proyectos relacionados con el turismo, el alojamiento rural y los agroturismos, la prestación de servicios de turismo, tiendas, restaurantes, la oferta local y la alimentación.

– Proyectos relacionados con la implantación y oferta de servicios

– Proyectos para el desarrollo de la artesanía y de las actividades artesanales.

– Proyectos relacionados con TICs, comercio electrónico.

  • Proyectos de creación neta de empleo:

– La contratación por cuenta ajena de aquellas personas trabajadoras que nunca han dispuesto de empleo o han perdido el que ocupaban anteriormente.

– La creación de actividades independientes que incentiven la instalación de personas trabajadoras autónomas o la incorporación a empresas bajo un régimen jurídico de economía social.

Cuantía de la ayuda

Las ayudas reguladas en el resuelvo segundo, puntos 1.a) y b), se concederán en función de la puntuación obtenida.

En los casos de creación de empleo (1.c) la cuantía de la ayuda no se calculará en porcentaje a los gastos subvencionables, sino que se tratará de una cantidad fija que se concederá una sola vez por puesto de trabajo creado y siempre en proporción a la jornada de horas contratada. En todo caso, deberá tratarse de un empleo de al menos el 50 % de las horas estipuladas en el convenio colectivo que sea de aplicación en cada caso.

Plazos:

Fecha inicio: 31/12/2021
Fecha fin: 28/02/2022
Fecha límite presentación: 28/02/2022