Objetivo:

Realizar inversiones productivas que conlleven mejora competitiva y desarrollo económico, destinadas a la creación y/o ampliación de capacidad productiva, en la Zona Margen Izquierda y en municipios con una tasa de desempleo superior al 5% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Entidades beneficiarias:

Las entidades beneficiarias deben estar situadas en alguno de los siguientes municipios:

  • Grandes empresas y PYMEs cuyas inversiones se localicen en la Zona Margen Izquierda Ampliada: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Alonsotegi, Artzentales, Balmaseda, Erandio, Galdames, Güeñes, Valle de Carranza, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Sopuerta, Trucios-Turtzioz, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena.
  • PYMEs cuyas inversiones se localicen en otros municipios con una tasa de desempleo superior al 5% de la media anual de la CAPV:
    • Álava: Alegría- Dulantzi, Artziniega, Asparrena, Labastida, Lagrán, Lanciego, Lapuebla de Labarca, Legutio, Llodio, Oyón-Oion, Salvatierra, Valdegovía, Vitoria-Gasteiz y Zambrana.
    • Bizkaia: Arakaldo, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Elantxobe, Ermua, Ibarrangelu, Iurreta, Lanestosa, Ondarroa, Orduña, Sukarrieta, Ubide, Zalla y Zaratamo.
    • Gipuzkoa: Hernialde, Ikaztegieta, Irun y Soraluze-Placencia de las Armas.

Organismo: Gobierno Vasco.

Inversión subvencionable:

Las inversiones subvencionables serán las siguientes:

  • Proyectos de inversión siempre que vayan acompañados de mantenimiento y/o creación de empleo.
  • Concepto subvencionable: Inversiones en activos fijos nuevos, que se incorporen al activo de la empresa.
    • 203 Propiedad Industrial y Patentes.
    • 206 Aplicaciones informáticas.
    • 210 Terrenos y Bienes naturales.
    • 211 Construcciones.
    • 212 Instalaciones técnicas.
    • 213 Maquinaria.
    • 214 Utillaje.
    • 215 Otras instalaciones.
    • 217 Equipos para procesos de información.

Requisitos a cumplir:

  • Inversión mínima: 200.000 € en el caso de PYMEs, 1.500.000 € en el caso de Grandes Empresas, en el supuesto de no alcanzar esa inversión mínima se exige cumplimiento de creación de empleo (25 empleos netos en el caso de la Grandes Empresas y 5 en el caso de PYMEs).
  • Los recursos propios de la empresa deberán alcanzar al menos el 25% del importe de la inversión.

Intensidad y máximos de ayuda:

La subvención es a fondo perdido con un máximo de 3.000.000 € por empresa.

La intensidad de la ayuda se determinará según el tamaño de la empresa siendo:

  • 15% de las inversiones subvencionables para Pymes.
  • 10% de las inversiones subvencionables para Grandes Empresas.

En caso de que las pymes realicen las inversiones en los municipios situados en la Zona Margen Izquierda Ampliada, la intensidad de ayuda se verá incrementada en un 5%.

Articulación de la ayuda: Concurrencia sucesiva.

Importe de la convocatoria: 20.000.000€.

Plazos:

Fecha inicio solicitudes: 10/04/2024
Fecha fin solicitudes: 28/06/2024 a las 12:00
Fecha ejecución de proyectos: Desde la solicitud o presolicitud hasta el 31/12/2025

NUEVA LEY DE MOROSIDAD:
Es necesario cumplir con los plazos de pago según las medidas de lucha contra la Morosidad
(Ley 3/2004):

  • Pago facturas de proyectos en 30/60 días.
  • Para subvenciones superiores a 30.000 €, el periodo medio de pago a proveedores será menor a 30/60 días.