Objeto

El objeto de estas subvenciones es el fomento de la creación de organizaciones de productores y asociaciones de organizaciones de productores de carácter supraautonómico en el sector agrario de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), con la finalidad de mejorar la competitividad de los productores primarios, mediante su integración en la cadena agroalimentaria a través de la creación de OPs o AOPs de ámbito de actuación supraautonómico.

Límite

a) Primera anualidad: 100.000 euros. b) Segunda anualidad: 90.000 euros. c) Tercera anualidad: 81.000 euros. d) Cuarta anualidad: 72.900 euros. e) Quinta anualidad: 65.610 euros

Entidades beneficiarias

Podrán acogerse a estas ayudas, aquellas organizaciones de productores o asociaciones de organizaciones de productores, incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 1, que estén reconocidas oficialmente por la autoridad competente según se prevé en el artículo 2.a), que tengan un ámbito de actuación supraautonómico según se prevé en el artículo 2.b), y que cumplan el resto de requisitos establecidos en este real decreto.

Requisitos

Los beneficiarios deberán disponer de un Plan empresarial, cuya duración y contenido se indican en el artículo 5, para el cumplimiento de, al menos, el objetivo previsto en el artículo 27.1.b) del Reglamento (UE) n.º 1305/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, debiendo alcanzar la producción comercializada en conjunto por la OP o AOP solicitante, un valor mínimo de 1 millón de euros en cada anualidad de dicho plan empresarial.

Plazos de tramitación

08/06/2018 – 27/06/2018