Objeto

Apoyar la ejecución de proyectos y actuaciones de Reurbanización, Regeneración, Rehabilitación y Mejora de Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas destinadas a actividad económica.
Para ello, se seguirán las siguientes líneas de actuación:
– Línea 1: Actuaciones en los municipios incluidos en el “Plan de Choque 2018-2019 para el desarrollo socioeconómico de Ezkerraldea, Meatzaldea y Oarsoaldea”. Dichos municipios son los siguientes: Abanto y Ciérvana-Abanto Zierbena, Barakaldo, Muskiz, Ortuella, Portugalete, Santurtzi, Sestao, Valle de Trápaga-Trapagaran, Zierbena, Erandio, Errenteria, Lezo, Oiartzun, Pasaia, Hernani, Hondarribia e Irún).
– Línea 2: Actuaciones en el resto de municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi, no incluidos en el “Plan de Choque 2018-2019 para el desarrollo socioeconómico de Ezkerraldea, Meatzaldea y Oarsoaldea”.

Dotación presupuestaria

3.100.000,00 euros

Límite

La subvención máxima por entidad para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio para este programa de ayudas será de 200.000 euros, salvo en lo relativo a Administraciones Locales de los municipios incluidos en la Línea 1, en cuyo caso, las subvención máxima por entidad podrá alcanzar los 300.000 euros.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las ayudas contempladas en el presente Programa, quien ostente título jurídico para realizar los proyectos objeto de subvención, en concreto Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas, Concejos, Agencias de Desarrollo de Euskadi, Entidades Urbanísticas de Conservación, Comunidades y/o Asociaciones de empresas, así como empresas individuales y en colaboración, que lleven a cabo actuaciones de las previstas en las bases, en Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas de Actividad Económica.

Requisitos

a) Destinar la subvención a actuaciones de las previstas en las bases de este Programa, en
Polígonos Industriales, Parques Empresariales y Áreas de Actividad Económica ubicados en la
CAPV.
b) En relación a la Urbanización Pública, acreditar legitimidad a través de un medio válido en
derecho para actuar sobre el Polígono, Parque Empresarial y Área de Actividad Económica para
la que se solicite la subvención, siendo al menos corresponsables del correcto mantenimiento de
todos o de parte de los espacios destinados a la urbanización pública, equipamientos, dotaciones
y dominio público de los mismos.
c) En relación a la Urbanización Privada, acreditar legitimidad a través de un medio válido en
derecho para actuar sobre la citada superficie.
d) En relación a la Edificación, acreditar legitimidad a través de un medio válido en derecho para
actuar sobre la citada superficie.
e) En el caso de las Administraciones locales, suscribir con SPRI un Convenio regulador de la
subvención, determinando las condiciones de concesión de la misma, en aplicación de lo previsto
en la presente normativa, en la Ley de Instituciones Locales de Euskadi y resto de normativa
aplicable.
f) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y para con la Tesorería General de la Seguridad
Social y/o sus entidades colaboradoras, así como de las obligaciones que mantenga con el
Gobierno Vasco, sin tener asimismo deudas vencidas, reclamadas y no abonadas con cualquiera
de las empresas del Grupo SPRI.

Plazos de tramitación

16/05/2019 – 30/10/2019