El Departamento de Salud podrá reconocer el interés sanitario de actos científicos como conferencias, congresos, reuniones, jornadas y simposiums, que tengan lugar en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco y cuyo fin sea la promoción, aplicación y difusión  de las ciencias y técnicas relacionadas con la salud.

Quedan excluidos del alcance de este reconocimiento los cursos y otras actividades cuyo fin principal sea el formativo.

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