Objeto

Las ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un periodo de dos años con objeto de que los mismos afiancen las capacidades adquiridas durante una primera etapa de formación posdoctoral

Dotación presupuestaria

20.925.000,00 euros

Entidades beneficiarias

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio. b) Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades, Centros y Títulos. c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica, que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora. e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico. f) Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

Requisitos

a) Estar en posesión del grado de doctor. b) En el caso de aquellos candidatos que quieran incorporarse al mismo Centro de I+D en el que han realizado su formación predoctoral, haber realizado estancias en Centros de I+D distintos de aquel en el que han realizado su formación predoctoral, durante al menos 12 meses, ya sean de carácter continuo o discontinuo, después de la obtención del grado de doctor y antes de la fecha de cierre del plazo de cumplimentación del formulario electrónico de solicitud por parte del investigador. c) No haber presentado solicitud de participación a las ayudas Ramón y Cajal, en la presente convocatoria, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas, indicada en el artículo 9. d) No haber sido beneficiario de una ayuda de las convocatorias anteriores de las actuaciones Ramón y Cajal o Juan de la Cierva-Incorporación. Se entiende por beneficiario de esta actuación a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dicha actuación, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. e) No ser beneficiario de una ayuda del Subprograma Juan de la Cierva, de las Ayudas Juan de la Cierva-Formacióno de las Ayudas para la Formación Posdoctoral, a excepción de aquellos que la hayan disfrutado durante al menos un año. Este periodo se contabilizará desde la fecha de incorporación efectiva al Centro de I+D hasta el uno de junio de 2018, excluyéndose de esa contabilidad las suspensiones de contrato. Se entiende por beneficiario de cualquiera de las actuaciones mencionadas a aquel investigador incluido en alguna de las resoluciones de concesión de convocatorias anteriores de dichas actuaciones, independientemente de que haya llegado o no a incorporarse al Centro de I+D. No se considerarán beneficiarios aquellos investigadores que en fecha anterior a la de publicación del extracto de la presente resolución de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» hayan manifestado expresamente su renuncia a tales ayudas.

Plazos de tramitación

15/01/2019 – 05/02/2019