Financiar proyectos de promoción, comercialización, internacionalización y distribución para el circuito en vivo de formaciones musicales del País vasco o con repertorio mayoritariamente en euskera.

Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo establecido en esta convocatoria y en la resolución de concesión o sus posibles modificaciones. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Serán subvencionables como gastos derivados del proyecto presentado, los siguientes gastos de promoción y distribución:

  • Publicidad y comunicación (edición de material gráfico y audiovisual, creación y mantenimiento de páginas web, publicidad en medios…).
  • Gastos de personal. Los gastos imputados no podrán superar el 15% del total de la facturación realizada durante el periodo establecido en la convocatoria.
  • Gastos de formación en el ámbito objeto de esta convocatoria (comercialización, internacionalización, marketing…).
  • Asistencia a ferias y eventos profesionales relacionados con la compraventa de música en vivo -eventos con espacio o programa profesional- (feria de Durango excluida). 
  • Distribución, viajes y transportes relacionados con las actividades citadas. 

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