Objeto

Organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de las cooperativas agrarias de ámbito estatal, representativas de los titulares de explotaciones agrarias y de cooperativas agrarias, que formen parte de la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

Dotación presupuestaria

510.000 euros

Entidades beneficiarias

Organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de las cooperativas agrarias de ámbito estatal, representativas de los titulares de explotaciones agrarias y de cooperativas agrarias, que formen parte de la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

Requisitos

Respecto de la línea de ayudas prevista el punto a) del apartado tercero, las organizaciones beneficiarias de estas subvenciones: a) Deberán celebrar un mínimo de diez conferencias que estarán distribuidas a lo largo del año, entre el 1 de enero y el 15 de noviembre que tratarán sobre los seguros en contratación en este periodo de tiempo. Se autoriza a que cada organización realice hasta dos conferencias entre el 15 y el 25 de noviembre. Las conferencias deberán cumplir los siguientes requisitos en cuanto a su organización: 1.º Deberán tener una duración de, al menos, dos horas y media y en la misma se programarán conferencias, coloquios o mesas redondas que permitan dar a conocer a los asistentes las condiciones de aseguramiento y otras cuestiones relacionadas con la aplicación del seguro. 2.º Deberán convocarse antes de diez días de su celebración. En la convocatoria deberá figurar el responsable de la organización de la conferencia, lugar y fecha de celebración, programa completo y ponentes. El cambio de alguno de estos requisitos, si no se hace antes de tres días del fijado para la celebración, no será aceptado y se dará por no realizada. 3.º Se requerirá la asistencia de al menos veinticinco agricultores o ganaderos a las conferencias. No obstante, por motivos de insularidad, en el caso de las jornadas realizadas en las Islas Baleares el número mínimo de asistentes se reducirá a 15. 4.º Cuando en los lugares donde se celebren las conferencias se exhibiesen logotipos de instituciones convocantes y patrocinadoras, deberá igualmente figurar el logotipo institucional de ENESA, que será facilitado por el organismo, en los mismos lugares y con las mismas dimensiones que los del resto. b) La realización de dos estudios, cuyos contenidos deberán ser propuestos por cada uno de los beneficiarios, de forma individual o colectiva. Alternativamente, podrá realizarse dos conferencias en sustitución de cada uno de los estudios. De esta forma, podrán realizarse dos estudios, un estudio y dos conferencias o cuatro conferencias. Los solicitantes de estas ayudas, deberán presentar a ENESA, en el plazo de un mes a contar desde la presentación de la solicitud de ayuda, un plan de las conferencias a realizar en el ejercicio 2015, en el que deberán reflejarse, al menos, las provincias y sectores afectados. Si la organización no realizara los dos estudios y las diez conferencias exigidas, en los términos anteriormente planteados, se descontará la parte proporcional correspondiente de la subvención, por cada uno de los estudios o conferencias no realizadas. 2. Respecto de la línea de ayudas prevista en el punto b) del apartado tercero, las organizaciones beneficiarias de estas subvenciones deberán asistir a todas las reuniones a las que sean convocadas, correspondientes a la Comisión General de ENESA. 3. Respecto de la línea de ayudas prevista en el punto c) del apartado tercero, las organizaciones beneficiarias de estas subvenciones deberán asistir a todas las reuniones, para las que se les convoque, de los grupos de trabajo y de normativa, así como del Observatorio de la Calidad del Seguro Agrario.

Plazos de tramitación

18/07/2017 – 27/07/2017