Es objeto de la presente Orden regular y convocar subvenciones dirigidas a aquellos proyectos de innovación cultural y social comprometidos con la investigación, la innovación y las expresiones contemporáneas del ámbito cultural que se valgan de la mediación y que favorezcan:

  • La co-creación y la hibridación entre diferentes sectores, áreas y agentes y la promoción del talento para desarrollar al máximo el potencial creativo de nuestro entorno.
  • La utilización de entornos de trabajo y plataformas tecnológicas para ampliar los modos de colaboración, investigación y producción.
  • La generación de nuevas vías de relación y mediación con las que dirigirse a participantes y públicos diversos, propiciando experiencias más significativas, diferenciales y cualitativas.
  • El desarrollo de iniciativas que desde las prácticas culturales planteen estrategias de innovación cultural y social.

Dichos proyectos deberán estar encuadrados en algún sector cultural o creativo (Artes visuales, Cine y Audiovisuales, Artes escénicas, Literatura o Música)

Podrán ser objeto de subvención aquellos proyectos cuya realización se inicien en 2023 y se encuentren realizados, como máximo, a 31 de enero de 2024.

El presupuesto deberá contemplar un porcentaje de autofinanciación de al menos el 20 %, entendido como tal la fracción de los ingresos previstos que no proceda de fuentes públicas: ayudas privadas, mezenazgo, ingresos generados por la propia actividad y aportaciónes del propio solicitante.

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