Objeto

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de subvenciones para proyectos de mejora de la gestión alineados con el Modelo Vasco de Gestión Avanzada que redunden en una mejora de la competitividad de las empresas de Gipuzkoa que sean industriales, conexas de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y comunicaciones (TIC), que tengan entre 5 y 49 personas empleadas y que quieran desarrollar un proyecto de consolidación en gestión avanzada (2B) en Gipuzkoa.

Dotación presupuestaria

198.227,00 euros

Límite

Se subvencionará el 60 % de los costes elegibles del proyecto con un máximo de 7.200 euros por empresa

Entidades beneficiarias

Empresas de Gipuzkoa que sean industriales

Requisitos

a) Tener personalidad jurídica propia. b) Realizar actividades industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al proceso productivo de las anteriores y del ámbito de la sociedad de la información y las comunicaciones. Este requisito será comprobado a partir del epígrafe en el alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de la actividad principal de la empresa. La relación de epígrafes admisibles está disponible en la web del programa Kudeabide: http://www.kudeabide.com. c) Estar radicadas en Gipuzkoa. d) Tener entre 5 y 49 personas empleadas, ambas inclusive, en equivalentes anuales a jornada completa. Se considerará perteneciente a la empresa el personal autónomo adscrito a la actividad de la empresa que, por su condición, no pueda estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. e) Disponer del correspondiente Informe de Contraste Inicial de Gestión Avanzada en vigor, elaborado por Euskalit que incluya como recomendación la realización de un Proyecto de Consolidación en Gestión Avanzada, en una o varias de las áreas de mejora identificadas. f) No dedicarse a la producción, comercialización y financiación de armamento, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 14/2007 de 28 de diciembre de Carta de Justicia y Solidaridad con los Países Empobrecidos. g) La empresas no se verán afectadas por ninguna de las prohibiciones del artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa.

Plazos de tramitación

10/04/2018 – 28/09/2018