Objeto

Se considerarán actuaciones subvencionables las siguientes:
a) Formulación o mejora de procesos de Agenda 21 Local, incluyendo la realización de diagnósticos de sostenibilidad municipal y comarcal, la redacción y revisión de planes de acción u otras actuaciones que contribuyan a actualizar y revitalizar las Agendas 21 Locales y Comarcales.
b) Elaboración de otros planes y estrategias que tengan un carácter transversal y contribuyan a la integración de la política ambiental en la gestión municipal, como los planes de lucha contra el cambio climático o planes estratégicos municipales que integren la variable ambiental.
c) Formulación de los siguientes tipos de planes: planes de compra verde, planes en materia de contaminación acústica y planes de mejora del paisaje.

Entidades beneficiarias

Podrán optar a las ayudas las siguientes entidades del Territorio Histórico de Gipuzkoa:
• Ayuntamientos del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
• Sociedades mercantiles participadas por entes pertenecientes al sector público, de ámbito municipal o comarcal, con domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y cuyo capital social sea exclusivamente de carácter público.

Requisitos

Las entidades solicitantes no podrán estar incursas en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria previstas en el artículo 12 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, en el artículo 26 de la Norma Foral 2/2015, de 9 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres, y en el resto de la normativa vigente.

Plazos de tramitación

01/03/2017 – 28/03/2017