Concesión de subvenciones para la organización de actividades destinadas a que las personas físicamente inactivas dejen de serlo. Las actividades deberán realizarse o iniciarse en el año 2018, en los términos que esta Orden recoge.
A efectos de esta convocatoria se entenderá por personas inactivas aquellas que no realicen los mínimos de actividad física recomendados por la Organización Mundial de la Salud para cada edad correspondiente (pueden ser consultados en: http://www.who.int/dietphysicalactivity/factsheet_recommendations/es/)
Las actividades que pueden ser objeto de subvención han de incluirse en uno de los cuatro siguientes programas:
- Creación y desarrollo de servicios de Orintación de Actividad Física.
- Organización de actividades físicas en parques saludables.
- Organización de actividades físicas destinadas a colectivos de epecial interés.
- Organización de actividades físicas durante la Semaa Europea del Deporte.