Objeto

Es objeto del presente título establecer y regular las ayudas que el Departamento
de Empleo, Inclusión Social e Igualdad de la Diputación Foral de Bizkaia podrá conceder
para apoyar la promoción de la empleabilidad mediante contratos de trabajo de, al
menos, 6 meses de duración, formalizados con personas desempleadas mayores de 45
años de edad, y a las personas desempleadas de larga duración, personas con discapacidad,
o en riesgo de exclusión.

Dotación presupuestaria

1.067.411,50 euros

Límite

La cuantía de la subvención a otorgar a cada entidad beneficiaria por el conjunto
de actuaciones subvencionables, en esta sección, no podrá rebasar el límite de 70.000
euros, ni superar un máximo de 10 contrataciones.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en el presente Decreto las empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, del Territorio Histórico de Bizkaia.

Requisitos

a) Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia. Asimismo,
el centro de trabajo, radicará también en dicho territorio.
b) Tener una plantilla inferior a 250 personas.
c) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 25% por empresas
que no reúnan los requisitos anteriores.
d) Acreditar residencia habitual en el Territorio Histórico de Bizkaia en el caso de
empresarios o empresarias individuales o profesionales, de los comuneros en
el caso de comunidades de bienes y de los socios en el caso de las sociedades
civiles.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a
la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Para ser beneficiarias, las entidades no pueden verse afectadas por ninguna de
las prohibiciones del artículo 12 de la Norma Foral 5/2005.

Plazos de tramitación

09/07/2018 – 14/09/2018