Objeto

Mejoras en materia de accesibilidad 1.1. En edificios de viviendas. Actuaciones que solucionen, en la medida de lo posible, las dificultades del cumplimiento de la Ley de Accesibilidad y que provengan de la falta de ascensores, así como la mala definición de los mismos por existencia de desniveles (escaleras o similares), dentro de los portales o en el umbral del acceso al portal. Y, por último, aquellas actuaciones que, en el interior de las viviendas, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que impidan la movilidad en su interior. 1.2. En establecimientos comerciales. Actuaciones que faciliten, en la medida de lo posible, una mayor adecuación a la normativa de Accesibilidad. Quedan comprendidos desniveles salvados mediante escaleras sin soluciones alternativas, aquellas actuaciones que resuelvan, en la medida de lo posible, la existencia de diferentes niveles en el itinerario exterior y en el interior de los locales, mejoren la accesibilidad a sus dependencias y eliminen obstáculos que comprometan la movilidad en su interior.
Actuaciones de mejora en materia de eficiencia energética, incluidas en el PAES Actuaciones orientadas a incrementar los niveles de eficiencia energética de instalaciones tanto de viviendas como de establecimientos comerciales, con el objetivo de reducir el consumo de energía en condiciones normales de funcionamiento y ocupación, que incluirán, entre otras cosas, la energía consumida en calefacción, la refrigeración, la ventilación y la producción de agua caliente.

Entidades beneficiarias

1. Mejora de accesibilidad: Para viviendas, podrán solicitar esta subvención las personas físicas o Comunidades de propietarios de edificios en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación. En caso de edificios en régimen de propiedad horizontal, las Comunidades de propietarios actuarán a través de quien ostente debidamente la representación de la misma. Para establecimientos comerciales, podrán solicitar esta subvención aquellos particulares, colectivos o empresas privadas cuyas actividades coincidan con el objeto de la convocatoria, con sede social y para establecimientos situados en Irun, que se ajusten a la modalidad de proyectos subvencionables indicadas en estas bases. 2. Actuaciones incluidas en el PAES: Podrán solicitar esta subvención aquellos particulares, colectivos o empresas privadas cuyas actividades coincidan con el objeto de la convocatoria, con sede social y para establecimientos situados en Irun, que se ajusten a la modalidad de proyectos subvencionables indicadas en estas bases.

Requisitos

En todo caso las actuaciones subvencionables vendrán referidas a edificios o instalaciones sitas en el Término municipal de Irún.

Plazos de tramitación

22/05/2017 – 31/10/2017