Esta Orden regula una línea de ayudas dirigida a entidades (empresas, asociaciones, etc) interesadas en hacer un diagnóstico y un primer Plan de Acción en Conciliación para mejorar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de su plantilla, que precisen contratar los servicios de una consultora.

El objeto es ayudar a las entidades a dar pasos en la conciliación corresponsable. Para ello se financia el 70% del coste (sin IVA) de la contratación de los servicios de una consultora, con un máximo de 10.000€.

El coste sin IVA del proyecto, tendrá un tope máximo en función del número de personas en plantilla.
Así:
Coste máximo proyecto para entidades con plantilla 10- 20 personas: 7.000€ + IVA
Coste máximo proyecto para entidades con plantilla 21-50 personas: 8.000€ + IVA
Coste máximo proyecto para entidades con plantilla 51-100 personas: 10.000€ +IVA
Coste máximo proyecto para entidades con plantilla 101-250 personas: 15.000€ + IVA

Para el cálculo de la cuantía de la subvención se tomará como referencia el coste máximo asignado según su plantilla. Si el coste del proyecto presentado tuviera un importe superior al máximo correspondiente a su categoría por número de plantilla, la subvención se calcularía sobre el máximo previsto en su rango.
En el caso de que la entidad solicitante esté exenta de declarar el IVA, y no pueda repercutirlo, la cuantía a subvencionar se calculará sobre el coste con el IVA incluido.

Las grandes entidades con plantillas superiores a 250 personas que presenten solicitud para hacer un diagnóstico en un centro de trabajo concreto ubicado en la CAE con un máximo de 250 personas, se regirán por los mismos criterios, teniendo en cuenta como indicador de la plantilla el número de personas en el centro de trabajo para el que se solicita la ayuda, en vez del número total de personas que trabajan en la organización.

Tipo de ayuda: concurrencia competitiva

La concesión de las ayudas se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de adjudicación fijados.

Se concederá subvención solo a aquellos proyectos que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios. En caso de igualdad de puntos entre varias entidades, el empate se dirimirá a favor de aquellas que cuenten mayor puntuación en el criterio c), correspondiente al proyecto.

El total de puntos es de 100. Las propuestas técnicas que superen los 50 puntos serán estimadas y se ordenarán de mayor a menor puntuación, asignándose de forma correlativa a la puntuación obtenida el 70% del coste de las actuaciones subvencionables, hasta un máximo de 10.000 €, hasta agotar el crédito disponible para la convocatoria.

Las propuestas técnicas que no alcancen un mínimo de 50 puntos serán desestimadas.

Requisitos que debe cumplir el Diagnóstico

El diagnóstico deberá incidir, como mínimo, en los siguientes ámbitos:

  1. Situación de partida de la entidad: análisis concreto y específico de la entidad y sus circunstancias (tipo de entidad; tipo de puestos de trabajo; perfil de la plantilla; características y limitaciones específicas en función del sector productivo, la actividad que desarrolla o las necesidades del cliente; forma de comunicación y decisión; presencia sindical; necesidades de la plantilla, etc
  2. Nivel de presencia de la conciliación en la política interna de la entidad.
  3. Medidas de conciliación reconocidas y facilitadas por la entidad: grado de conocimiento y utilización por parte de la plantilla; grado de adecuación de las medidas a las necesidades de la plantilla; análisis de posibilidades según puestos de  trabajo.
  4. Presencia/oferta de otros recursos de apoyo para la mejora de la conciliación de la vida  personal, familiar y laboral de las personas trabajadoras.
  5. Existencia de procedimientos establecidos para la comunicación a la plantilla de las medidas de conciliación disponibles, así como la forma de solicitarlas. Nivel de conocimiento y utilización.
  6. Existencia de indicadores, o procedimientos para la evaluación, seguimiento y mejora de las medidas de conciliación existentes.

Requisitos que debe cumplir el Plan

El Plan de Acción que se proponga deberá:

  • Formularse exclusivamente para ser implantado en sus establecimientos en la CAE.
  • Estar adaptado a la realidad y a las necesidades de la entidad y su plantilla.
  • Tener una duración plurianual (mínimo de 3 años).
  • Plantear los objetivos a lograr y las medidas concretas para alcanzarlos, calendarizadas
  • Establecer indicadores de seguimiento que permitan medir los resultados; deberá identificar los agentes responsables y las personas asignadas;
  • Estimar el presupuesto que se dedicará a cada medida·
  • Incluir un sistema de seguimiento y evaluación

PDF de la ayuda