Objeto

Promover y desarrollar, en colaboración con BIODONOSTIA, proyectos con componente tecnológico promovidos por empresas y personas emprendedoras locales, a través de la transferencia tecnológica del conocimiento desarrollado en los centros de investigación de San Sebastián.

Dotación presupuestaria

42.800,00 €

Límite

Por valor máximo de hasta 6.500 €, IVA no incluido, para proyectos que superen una puntuación de 15 puntos en la valoración específica
Por valor máximo de hasta 12.500 €, IVA no incluido, para proyectos que superen una puntuación de 25 puntos en la valoración específica , considerándose por su potencial, y en base a la memoria presentada, prioritarios por el impacto que puedan tener en el desarrollo socioeconómico futuro de la ciudad, basa do en el conocimiento y la innovación

Entidades beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como las agrupaciones sin personalidad de las anteriores, válidamente constituidas conforme al ordenamiento jurídico, en las que concurran los requisitos fijados en estas Bases.

Requisitos

a) Que presenten proyectos innovadores locales b) Que se trate de un proyecto local cuya actividad o inversión subvencionada se ubique en San Sebastián. En el caso de las ayudas destinadas a acciones para la internacionalización, el domicilio fiscal de la persona beneficiaria, de acuerdo con la definición contenida en el artículo 48.2 de la Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa, deberá ubicarse en San Sebastián. c) Que la persona beneficiaria de estas ayudas sea persona física que desarrolle una actividad económica a título lucrativo o sea persona jurídica. Además de ser persona jurídica, se deberán cumplir los requisitos que se enumeran a continuación 1. Que su activo no supere los 10 millones de euros o que su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los 10 millones de euros. 2. Que el promedio de su plantilla no alcance las 5 0 personas empleadas. Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. 3. Que no se hallen participadas directa o indirectamente en un 25 por 100 ó más por empresas que no reúnan alguno de los requisitos previstos en los números 1, y 2 anteriores.

Plazos de tramitación

29/05/2017 – 15/11/2017