Ofrecer subvenciones no reintegrables para:
- El desarrollo de proyectos de innovación en colaboración, a riesgo compartido, entre las empresas consorciadas.
- La realización de estudios sobre la viabilidad técnica, económica y legal de aquellas oportunidades de negocio innovadoras identificadas entre varias empresas.
Entidades beneficiarias:
Empresas cuya actividad se encuadre en los sectores de la Industria, Construcción, Transporte, Servicios conexos con la industria,
Turismo y Comercio al por Mayor con los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio social y fiscal en Bizkaia.
- Tener al menos un centro productivo, o de alto valor añadido en Bizkaia.
- Tener una plantilla entre 5 y 100 personas en equivalentes anuales a jornada completa
Las empresas que no cumpliendo estos requisitos y que formen parte del proyecto presentado, serán beneficiarias siempre que el gasto incurrido por el conjunto de las mismas no supere el 20% del proyecto.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la S.S y por reintegro de subvenciones
Organismo: Diputación Foral de Bizkaia
Hechos subvencionables:
Se considera hecho subvencionable los proyectos desarrollados por varias empresas que, compartiendo recursos y riesgos, apuestan por la innovación colaborativa. Se podrán presentar dos tipos de proyectos según la fase de desarrollo en la que se encuentren:
- Proyectos de innovación en colaboración coherentes con las estrategias de negocio de las empresas.
- El análisis de la viabilidad de oportunidades de negocio identificadas entre varias empresas que puedan dar lugar posteriormente a proyectos de innovación.
A efectos de la interlocución se considerará entidad líder a la organización con mayor gasto dentro del proyecto.
Gastos subvencionables:
- Gastos externos vinculados al proyecto.
- Gastos internos del personal con un máximo de horas imputables de 80 horas por organización y mes (un máximo de 2 personas por organización)
Cuantía de las ayudas:
Tipo de coste |
% de subvención |
|
35 – 50 puntos |
51-100 puntos |
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Gastos externos |
40% |
60% |
Gastos internos de personal |
- El importe máximo de ayuda por solicitud relativo a este Decreto será de 60.000 €.
- Los pagos de la subvención se realizarán en función de la ejecución del proyecto tras la recepción de justificaciones parciales o final del proyecto.
- No se concederán ayudas inferiores a 6.000 euros.
Plazos:
Fecha inicio: | 10/05/2021 |
Fecha fin: | 28/05/2021 |
Fecha límite presentación: | 28/05/2021 13:30 |