Objeto:
El programa tiene por objeto el impulsar la transformación de la empresa guipuzcoana orientando su actividad hacia nuevos nichos de negocio relacionados con el concepto de Smart Mobility Industry, en particular en los sectores de actividad relacionados con la Electromovilidad, el almacenamiento de energía y el vehículo autónomo.
Beneficiarios y ámbito geográfico:
- Las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa.
- Entidades sin ánimo de lucro con implantación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
A estas subvenciones podrán presentarse proyectos impulsados por empresas de manera individual o por un conjunto de entidades, en cuyo caso una ejercerá de líder de todas ellas y será la responsable de la solicitud.
Organismo: Diputación Foral de Gipuzkoa
Actividades subvencionables:
Los proyectos deberán estar directamente relacionados con la innovación, la generación de nueva actividad económica y las necesidades de transformación empresarial para abordar las nuevas tecnologías y mercados relacionados con la Smart Mobility Industry. Podrán incluirse como proyectos subvencionables los relacionados con:
- Análisis de viabilidad de la incorporación de estas nuevas tecnologías y productos a la empresa, análisis de capacidades y limitaciones de la empresa, análisis de idoneidad de instalaciones y organización actuales y cambios requeridos, análisis de la competencia, estado del arte de las tecnologías.
- Desarrollo de nuevos productos, adaptación o mejora sustancial de los existentes.
- Proyectos piloto y de demostración.
- Formación específica en torno a las tecnologías relacionadas con la electromovilidad y almacenamiento de energía, jornadas de networking, eventos, talleres, etc.
- Prospección internacional para mejorar el conocimiento del sector, acciones de acercamiento, directas e inversas, a entidades de referencia.
- Cualesquiera otros que contribuyan a un acercamiento efectivo de la empresa guipuzcoana a estos nuevos sectores de actividad.
Gastos subvencionables:
- Los costes subvencionables del personal interno de las empresas, a efectos de este programa de ayudas, salvo en el apartado relativo al desarrollo de nuevos productos, no podrán superar el 25% del total del proyecto. Las entidades sin ánimo de lucro que participen en el programa no tendrán esta limitación.
- En el caso de los gastos del personal: si se trata de personal interno se valorará al coste real para la empresa, considerándose elegibles hasta un valor máximo de 40 euros/hora.
- En el caso de las subcontrataciones: No tendrá la consideración de gasto elegible el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido en factura.
Cuantía de las ayudas:
- En el caso de empresas las subvenciones máximas a aplicar serán del 30% en el caso de gastos internos de personal y del 50% en los gastos externos y subcontrataciones.
- En el caso de pymes estos porcentajes serán un 10% superior.
- En el caso de las entidades sin ánimo de lucro la subvención será del 80% de los costes. Si la puntuación obtenida supera los 70 puntos, será del 100% de los costes.
La subvención máxima por proyecto y año será de 60.000 €; en el caso de proyectos en colaboración el máximo aplicable podrá ascender a 75.000 €.
Plazos:
Fecha inicio: | 05/03/2019 |
Fecha fin: | 15/05/2019 |
Fecha límite presentación: | 15/05/2019 |