Objeto

Financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.

Dotación presupuestaria

1.960.030 respecto a subvenciones para actividades de formación, difusión y fomento del trabajo autónomo, de la ES y de la RSE. 1.477.970 respecto a gastos de funcionamiento de las entidades beneficiarias. 1.000.000 respecto al desarrollo de las medidas contenidas en la Estrategia Española de Economía Social 2017-2020.

Límite

Se garantizará una cantidad mínima a cada una de las entidades que cumplan los requisitos exigidos para ser beneficiarias de este tipo de subvención: a) 10.000 euros para las asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de carácter intersectorial. b) 30.000 euros para las asociaciones de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción, y para los otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. c) 15.000 euros para aquellas entidades, de las previstas en el párrafo anterior, que solo justifiquen gastos de las letras c) a j) del artículo 4.2 de la Orden ESS/ 739/2017.

Entidades beneficiarias

a) De las subvenciones a las actuaciones de ámbito estatal de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas: . Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal y carácter intersectorial. . Entidades asociativas de cooperativas, de sociedades laborales y de empresas de inserción. . Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. . Otras asociaciones, fundaciones y universidades. b) Para los gastos de funcionamiento: . Asociaciones profesionales de trabajadores autónomos de ámbito estatal. . Entidades asociativas de carácter intersectorial y ámbito estatal de cooperativas, de sociedades laborales y de asociaciones de empresas de inserción. . Entidades asociativas de carácter sectorial y de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. . Otros entes representativos de la economía social que integren a asociaciones de ámbito estatal de cooperativas y de sociedades laborales. Estos entes representativos de la economía social deberán contar entre sus asociados, al menos, con cinco asociaciones de ámbito estatal entre las de cooperativas y las de sociedades laborales.

Plazos de tramitación

08/10/2018 – 06/11/2018