Objeto

Promover acciones que persigan la racionalización del consumo de energía y la reducción de la dependencia del petróleo en el transporte de mercancías y en la movilidad de las personas a través de la promoción de inversiones, proyectos o planes encaminados a la transferencia hacia los modos de transporte más eficientes, el uso de energías renovables, la utilización de tecnologías energéticamente más eficientes y la disponibilidad de las infraestructuras necesarias de recarga eléctrica y de suministro de combustibles alternativos territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Dotación presupuestaria

800.000

Límite

Las actuaciones llevadas a cabo en el ámbito de esta convocatoria de ayudas tendrán como límite de
cuantía total y máxima de ayuda por beneficiario de doscientos mil (200.000) euros, no pudiendo, en
ningún caso, superarse los porcentajes establecidos para cada tipo de proyecto contemplado en la base
4.ª de este Programa de Ayudas.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a la condición de beneficiarios, a los efectos del presente Programa de Ayudas:
a) Todas aquellas personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, y Comunidades de
Propietarios que lleven a cabo actuaciones de las descritas en la base 4.ª y residan o tengan su
domicilio social y fiscal en la CAPV.
b) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, (i)
desarrollen su actividad, (ii) cuenten con una sede y (iii) mantengan parte de su plantilla en esta
Comunidad Autónoma; todo ello, desde al menos los dos años anteriores a contar desde la
fecha de publicación de la presente convocatoria de ayudas en el Boletín Oficial del País Vasco
(en adelante «BOPV»).
c) Todas aquellas personas jurídicas que, no teniendo su domicilio social y fiscal en la CAPV, y no
cumpliendo las condiciones descritas en el párrafo b) anterior, ejecuten una inversión
subvencionable conforme a lo descrito en la Medida 2 d e l a b ase 4.ª, s iempre q ue l a c itada
inversión tenga su efecto sobre el consumo de energía o la reducción de la dependencia del
petróleo de forma directa, incontrovertible e indefinida dentro del territorio de la CAPV.
d) Los Ayuntamientos, Mancomunidades de Ayuntamientos, Cuadrilla y Juntas Administrativas
que lleven a cabo en el territorio de la CAPV actuaciones de las previstas en la Base 4ª de este
Programa de Ayudas.
e) Sociedades mercantiles cuya titularidad sea íntegramente de uno o varios Ayuntamientos de la
CAPV y que su objeto posibilite la realización de cualquiera de las actuaciones previstas en la
Base 4.ª de este Programa de Ayudas.

Requisitos

Será requisito necesario para la calificación de sujetos beneficiario, con carácter previo a la concesión de la ayuda, tanto para personas físicas como jurídicas, el encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y para con la seguridad social.

Plazos de tramitación

27/06/2017 – 31/10/2017