El Programa de ayudas tiene como objeto ayudar en actuaciones de eficiencia energética en PYMEs y grandes empresas del sector industrial, dirigido a estimular e incentivar la realización de actuaciones que reduzcan las emisiones de dióxido de carbono y el consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Entidades beneficiarias:
Podrán acceder a la subvención este tipo de empresas:
1. Empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial.
2. Empresas de servicios energéticos.
Actuaciones subvencionables:
Las subvenciones se podrán aplicar a dos tipos de actuaciones:
· Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
· Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética en empresas que NO tengan la consideración de grandes consumidoras de energía de acuerdo con la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca.
Dotación presupuestaria:
15.000.000,00 euros
Prestación económica:
· Las ayudas se podrán tramitar tanto en 2019 como en 2020.
· La cuantía máxima de la ayuda será, para cada una de las solicitudes, la menor de las tres siguientes:
· El 30 % de la inversión elegible del proyecto, y con los límites particulares que para cada tipología de actuación se indican en los apartados c) de los puntos 1 y 2 de la base 3 de la Orden de ayudas.
· La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 del Reglamento 651/2014. Para este límite se tendrán en cuenta cualesquiera otras ayudas percibidas para la misma finalidad. Los porcentajes aplicables que se aplicarán sobre el coste subvencionable serán del 30 % para grandes empresas, del 40 % para medianas empresas y del 50 % para pequeñas empresas.
· La cuantía máxima de ayuda por cada solicitud y en función de la tipología de la actuación será de 1.000.000.- euros para actuaciones tipo 1 de “Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales” y de 30.000.- euros para las actuaciones tipo 2 de “Implantación de sistemas de gestión energética en empresas que no sean grandes consumidoras de energía”.
· El importe mínimo subvencionable para cada inversión, tanto para las de tipo 1 como para las de tipo 2, será de 3.000.- euros.
· Cada beneficiaria no podrá superar por el conjunto de solicitudes presentadas la cuantía total de ayuda de 1.000.000.- euros.
Plazos:
Fecha inicio: | 30/09/2019 |
Fecha fin: | 31/12/2020 |
Fecha límite presentación: | 31/12/2020 |