Objeto

El objetivo del Programa Ekin+ es el apoyo a la creación, impulso, crecimiento y consolidación de proyectos empresariales innovadores en la ciudad de San Sebastián, a través del acompañamiento en un periodo inicial a emprendedores y empresas de reciente de creación, en la validación, puesta en marcha, financiación y maduración de proyectos innovadores, acelerables e invertibles, incentivando la creación de una comunidad de alto rendimiento en proyectos innovadores, y generando espacios de encuentro entre las nuevas iniciativas emprendedoras y empresas tractoras locales.

Dotación presupuestaria

100.000,00 euros

Límite

Asesoramiento Ekin +: 10 meses Ayuda Disponibilidad Ekin +: 5.000 euros

Entidades beneficiarias

Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, así como las agrupaciones sin personalidad de las anteriores, válidamente constituidas conforme al ordenamiento jurídico, en las que concurran los requisitos fijados en estas Bases.

Requisitos

a) Que presenten proyectos empresariales innovadores a desarrollar en San Sebastián. b) En el caso de que se trate de personas jurídicas, que cumplan todos los requisitos que se enumeran a continuación: b.1) Que su activo no supere los 10 millones de euros, o que su volumen de operaciones, tal y como se define en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, no supere los 10 millones de euros. Que el promedio de su plantilla no alcance las 50 personas empleadas. Para el cálculo del promedio de plantilla se considerarán los trabajadores por año a jornada completa. En el caso de personas trabajadoras con jornada parcial su cómputo será proporcional a las horas trabajadas. Cuando la entidad forme parte de un grupo de sociedades conforme al artículo 42 del Código de Comercio, las magnitudes indicadas en los números 1 y 2 anteriores, se referirán exclusivamente a la empresa solicitante. A efectos del cómputo de activo total y del volumen de operaciones, se tendrán en cuenta las eliminaciones que procedan de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 del Código de Comercio y sus normas de desarrollo. b.2) Que el domicilio fiscal de la actividad que sea objeto de la ayuda en cuestión esté ubicado en San Sebastián. En caso de personas físicas o sociedades civiles se admitirá un domicilio fiscal diferente siempre que, a juicio de Fomento, exista evidencia suficiente de que la actividad se realiza en un centro de trabajo situado en San Sebastián. b.3) Que el alta inicial en el Impuesto sobre Actividades Económicas, o cuando corresponda el alta de la declaración censal, se produzca como máximo con 5 años de antelación sobre la fecha de presentación de la solicitud. c) Cuando se trate de un Proyecto aún sin constituir empresa, deberá declarar el compromiso de que la ubicación elegida para dicha constitución será la ciudad de San Sebastián.

Plazos de tramitación

04/06/2019 – 29/11/2019