Objetivo:
Ayudas a proyectos de diversificación de la actividad agraria
Organismo: Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente
Tipos de ayudas y entidades beneficiarias:
Serán objeto de ayuda las siguientes modalidades de inversión en la creación y desarrollo de actividades no agrarias que contribuyan al mantenimiento o incremento del empleo en las zonas rurales de la Comunidad Autónoma del País Vasco:
- Actividades no relacionadas con el sector agrario pero que diversifiquen dicho sector. La persona beneficiaria deberá ser agricultora a título principal (ATP).
- Constitución y desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas. De cualquier tipología de los sectores secundario y terciario, y proyectos desarrollados por personas físicas dadas de alta como autónomas, siempre que las inversiones no se destinen a la producción, transformación y comercialización de productos agroalimentarios.
- Creación neta de empleo. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, siempre que no sean agrarias, salvo que diversifiquen su actividad, y se ubiquen en zonas rurales. En todo caso, deberá tratarse de un empleo de al menos el 50 % de las horas estipuladas en el convenio colectivo que sea de aplicación en cada caso. Asimismo, podrán beneficiarse de las ayudas las personas físicas desempleadas que vayan a adquirir la condición de empresa, residentes en las zonas rurales objeto de la presente convocatoria, que inicien un proyecto no agrario que genere su autoempleo.
Actuaciones subvencionables:
- Cualquier proyecto de creación y/o desarrollo de microempresas, pequeñas y medianas empresas:
– Proyectos relacionados con la actividad industrial
– Proyectos relacionados con el turismo, el alojamiento rural y los agroturismos, la prestación de servicios de turismo, tiendas, restaurantes, la oferta local y la alimentación.
– Proyectos relacionados con la implantación y oferta de servicios
– Proyectos para el desarrollo de la artesanía y de las actividades artesanales.
– Proyectos relacionados con TICs, comercio electrónico.
- Proyectos de creación neta de empleo:
– La contratación por cuenta ajena de aquellas personas trabajadoras que nunca han dispuesto de empleo o han perdido el que ocupaban anteriormente.
– La creación de actividades independientes que incentiven la instalación de personas trabajadoras autónomas o la incorporación a empresas bajo un régimen jurídico de economía social.
Cuantía de la ayuda
Las ayudas reguladas en el resuelvo segundo, puntos 1.a) y b), se concederán en función de la puntuación obtenida.
En los casos de creación de empleo (1.c) la cuantía de la ayuda no se calculará en porcentaje a los gastos subvencionables, sino que se tratará de una cantidad fija que se concederá una sola vez por puesto de trabajo creado y siempre en proporción a la jornada de horas contratada. En todo caso, deberá tratarse de un empleo de al menos el 50 % de las horas estipuladas en el convenio colectivo que sea de aplicación en cada caso.
Plazos:
Fecha inicio: | 31/12/2021 |
Fecha fin: | 28/02/2022 |
Fecha límite presentación: | 28/02/2022 |