El objeto de la presente Orden es establecer un esfuerzo de discriminación positiva de contenido territorial, dirigido hacia determinadas zonas que sufren con mayor gravedad la situación de desempleo, bien porque el efecto de la crisis económica les ha afectado más intensamente o bien porque existe una situación de deterioro estructural que dificulta su desarrollo.

Se trata de ayudas a fondo perdido a empresas (grandes y pymes) por realización de inversiones en activos y ubicadas en las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Beneficiarios:

Grandes Empresas y las Pequeñas y Medianas Empresas (Pyme) que cumplan con la característica de ser empresas industriales extractivas, transformadoras, productivas y de servicios técnicos.

Modalidad y tipo de ayudas:

EFECTO INCENTIVADOR: No podrá iniciarse antes de la fecha de presentación de la solicitud.

HORIZONTE TEMPORAL: Deberá realizarse durante el año en que se presenta la solicitud, desde la fecha de su presentación, y durante los dos años naturales siguientes, en función de sus características y de sus planes empresariales.

INVERSIÓN ADMITIDA MÍNIMA: Las Grandes Empresas deberán alcanzar una inversión admitida mínima de 2.000.000 de euros y mantenimiento de empleo; las PYMES deberán realizar una inversión admitida mínima de 500.000 € y mantenimiento de empleo. También se considerarán las inversiones de las empresas que no alcancen los mínimos de inversión admitida indicada con anterioridad, siempre que generen un mínimo de 50 empleos netos, en el caso de grandes empresas, y un mínimo de 15 empleos netos, en el caso de Pymes.

RECURSOS PROPIOS de la empresa, excluidas las subvenciones, alcancen, al menos, el 25% del importe de la inversión considerada subvencionable.

EMPRESA o GRUPO DE EMPRESAS tanto las inversiones como la creación de empleo a considerar deberán realizarse por una sola entidad jurídica, y en el caso de grupos empresariales, con participación accionarial del 100%, que dispongan de varios centros productivos, únicamente, en el centro productivo o centros productivos que cumplan con los criterios de la presente norma y sean objeto de la inversión y creación de empleo.

Límite de las ayudas:

En este caso la cantidad de la subvención por empresa no podrá superar los 3.000.000,00€.


Plazos:

Fecha inicio: 19/06/2018
Fecha fin: 28/09/2018
Fecha límite presentación: 28/09/2018